Solicitud de afectados por hidroituango al Banco Interamericano de Desarrollo para que suspenda crédito a proyecto que viola Derechos Humanos.





Cañón del Río Cauca, Antioquia, Colombia, 27 de noviembre de 2016







Señores(as):

COMITÉ EJECUTIVO BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

CORPORACIÓN INTERAMERICANA DE INVERSIONES (CII)

Washington D.C.







Cordial saludo.



El próximo 29 de noviembre la Corporación Interamericana de Inversiones (CII) decidirá si invertirá un total de US$550.000.000,00 en las Empresas Públicas de Medellín S.A.E.S.P. (EPM), para la construcción de la represa Hidroituango[1] a través del proyecto número 11794-04.



Las comunidades impactadas por dicha hidroeléctrica, agrupadas en el Movimiento Ríos Vivos Antioquia y las organizaciones de derechos humanos abajo firmantes, ponemos en conocimiento de la Corporación la grave situación de violación de derechos humanos y ambientales que se vive actualmente en el terreno intervenido por HidroItuango. Dicha situación, que se viene perpetuando desde que se iniciaron las obras de construcción de la represa, contradice los principios internacionales de derechos humanos y las propias políticas internas de la CII.



Por tanto, las organizaciones firmantes solicitamos tener en cuenta la información aquí presentada y, en consecuencia, abstenerse de la inversión en Hidroituango considerando que la misión del Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo es “mejorar la calidad de vida en América Latina y el Caribe”, y que uno de los fines primordiales de la CII es “promover el desarrollo sostenible”, consideramos que se trata de información fundamental para entender los impactos que este proyecto está teniendo en Colombia.



La Política de Sostenibilidad Ambiental y Social de la CII, de fecha 1 de septiembre de 2013 (en adelante “la Política”), declara que la sostenibilidad ambiental y social de las actividades que apoya es fundamental para lograr resultados de desarrollo positivos[2]. Luego, la misma Política estipula que para el resguardo socioambiental de los proyectos en los que se involucra, la CII se hace responsable de implementar su propia política y de asegurar que todas las inversiones que financia la cumplan[3]. Dice además que no financiará operaciones que no vayan a satisfacer sus requisitos ambientales y sociales en un plazo razonable[4].

Hidroituango atenta gravemente con dichos principios por ser un proyecto que viola derechos humanos y ambientales. Según indican los documentos del proyecto, abiertamente disponibles en el sitio web de la CII, cerca de 700 personas serán desplazadas forzosamente, se afectará la calidad del suelo y del agua, habrán impactos culturales y ambientales considerables y muchas personas perderán la posibilidad de ejercer sus actividades de subsistencia[5]. Lo anterior y mucho más ha sido también ampliamente divulgado en medios colombianos[6], en audiencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos[7] y en diversas manifestaciones de las propias comunidades afectadas[8].  



En el Título sobre los compromisos de la CII, la Política dispone que la CII está comprometida con las buenas práctica internacionales en los aspectos sociales de cada proyecto que financia, incluidos los derechos humanos[9]. Lo anterior supone que los clientes realicen consultas públicas rigurosas, se acerquen y comuniquen con las comunidades afectadas y que implementen mecanismos de compensación de reclamos coherentes con los riesgos e impactos sociales y ambientales del proyecto[10]. Pero esto no ha sido cumplido en el proyecto en cuestión. Los procesos de HidroItuango han vulnerado el derecho a la información y a la participación efectiva.



Por un lado, no toda la población que será afectada por Hidroituango fue involucrada en los procesos de participación pues muchas personas ni siquiera fueron incluidas en los censos hechos por la compañía. Este hecho incluso fue reconocido en la Licencia Ambiental otorgada por el gobierno a la compañía para poder iniciar actividades[11].



Igualmente, el estudio de impacto ambiental elaborado por la compañía no fue socializado adecuadamente con las comunidades afectadas. Por el contrario, las obras del proyecto iniciaron antes de que las comunidades locales tuvieran conocimiento sobre los impactos del proyecto y sobre los correspondientes planes de manejo[12]. Además, la licencia ambiental ha sido modificada 11 veces desde el año 2009, pero ninguno de los cambios ha sido socializado adecuadamente con las comunidades afectadas y sólo 3 de estas modificaciones han sido publicadas por la empresa en su página web.    



Por otro lado, las comunidades y líderes sociales que han recurrido a la protesta contra el proyecto Hidroituango han sido criminalizadas y sus derechos humanos han sido afectados. Desde que las comunidades campesinas, barequeras, pescadoras y arrieras se empezaron a organizar en el Movimiento de afectados Ríos Vivos Antioquia, dos personas han sido asesinadas y 17 han recibido amenazadas de muerte, (tanto individuales como colectivas). 14 personas ya cuentan con medidas de protección de la Unidad Nacional de Protección y hubo un intento de secuestro, donde el principal sospechoso es el cuerpo de vigilancia privada al servicio de EPM. Además se han denunciado torturas por parte de la fuerza pública y permanente estigmatización por parte de la empresa e inversionistas del proyecto así como de los medios masivos de comunicación. Durante la última movilización social, llevada a cabo en junio de 2016, los paramilitares pidieron suspender la movilización so pena de muerte y prohibieron que durante las marchas se manifestara en contra de EPM o de la obra; a pesar de que estos hechos fueron puestos en conocimiento de las autoridades y denunciados ante la fiscalía, el ambiente de inseguridad no cesa, lo que imposibilita la participación efectiva de las comunidades. (Estas y otras denuncias han sido publicadas en http:debatehidroituango.blogspot.com)



Con respecto a los aspectos sociales, laborales y de salud y seguridad, la misma Política establece claramente que los clientes deben velar por la participación e inclusión de personas indígenas y otros grupos vulnerables, y prevenir impactos adversos hacia ellos[13]. Si bien en la zona de impacto de HidroItuango no existen poblaciones indígenas, si se trata de grupos altamente vulnerables, por tratarse de una zona agobiada por más de cuatro décadas por el conflicto armado. Estas comunidades no han sido correctamente involucradas en consideración de su delicada situación, hasta el momento se desconocen medidas para hacerlo; por tanto ¿Cómo esperar que dichas comunidades puedan tomar decisiones sobre lo que esperan de sus territorios y los proyectos que les afectarán cuando no gozan de paz y tranquilidad en sus casas y veredas?, La empresa no ha actuado para mitigar esa victimización, por el contrario, ha empeorado la situación, según se explica a continuación:



En la región afectada se han perpetrado 50 masacres, en su mayoría por acción de grupos paramilitares. Existe actualmente una investigación en curso en la Fiscalía 15 de Justicia y Paz de Medellín que busca aclarar las relaciones del megaproyecto con estos actores armados; no obstante, después de cuatro años la investigación no ha arrojado resultados. Los afectados han solicitado información sobre el avance de las investigaciones, pero ni la fiscalía ni el gobierno nacional han dado respuesta.



Respecto al reasentamiento involuntario, que deberán sufrir al menos 700 familias, la misma Política de la CII exige compensación equitativa y restauración de los medios de subsistencia, y se remite a la Política de Reasentamiento Involuntario del BID y la norma de Desempeño 5 de la Corporación Financiera Internacional (CFI) del grupo del Banco Mundial[14]. El proceso de reasentamiento en el caso de HidroItuango no ha cumplido con los mencionados estándares. Esto se evidencia en el expediente del proyecto puesto que en el momento de autorizar el inicio de la construcción del proyecto aún no se habían definido los lugares donde se reubicarían las personas afectadas[15]. Sin embargo, ha habido múltiples denuncias sobre desalojos forzados que en un par de ocasiones han llegado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos[16].   



En estos casos no se cumplieron los Principios Básicos para los desalojos forzosos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para este tipo de proyectos[17]. De hecho, la cifra de 700 familias a desplazar no contemplan las más de 500 familias que ya han sido desplazadas y que, a pesar de haber realizado dos declaraciones colectivas juramentadas ante el Estado colombiano, siguen sin ser reconocidas como afectadas por la empresa.



Igualmente, para la compensación de las personas afectadas, no se identificaron e individualizaron las actividades productivas de las comunidades[18], aún cuando la mayoría de las personas se dedican al barequeo, pesca y agricultura, actividades que dependen del río que será intervenido. Lo anterior quiere decir que se autorizó un proyecto cuyo estudio de impacto ambiental no identificó las actividades que serían afectadas, lo cual es esencial para implementar planes de compensación adecuados.    



Por otro lado, la Política también se refiere a la problemática del cambio climático, reconociendo su importancia y estableciendo que la mitigación del mismo, y el desarrollo con bajas emisiones de carbono, son aspectos prioritarios de sus inversiones y actividades[19]. Hidroituango  inundará y deforestará más de 4500 hectáreas de Bosque Seco Tropical incluyendo dos poblados[20]; además las grandes represas son responsables de la emisión de grandes cantidades de metano a la atmosfera, un gas efecto invernadero mucho más potente que el CO2[21].



Todas estas vulneraciones, que ya se están dando, podrían agravarse con la inversión adicional que considerará la CII. Por estas razones, la CII, como organismo multilateral destinado a promover el desarrollo regional, debe considerar los hechos y potenciales amenazas y vulneraciones que se sumarían de concretarse la inversión. El verdadero desarrollo, el que contribuye a la realización de todos derechos humanos, tiene la mejora de calidad de vida de las personas y sus comunidades – y no el lucro – como objetivo principal[22].



Por todo lo aquí narrado, y en consideración de las propias políticas sociales y ambientales que rigen el actuar de la CII, corresponde que la Corporación Interamericana de Inversiones se abstenga de invertir en el proyecto hidroeléctrico Hidroituango y que active los mecanismos que considere pertinentes para proteger los derechos de todas las comunidades afectadas en el cañón del Río Cauca, donde se construye el Proyecto Hidroituango.



Para responder a esta comunicación puede escribir a: riosvivosantioquia@gmail.com







Atentamente,







Organizaciones y grupos articulados al Movimiento en Defensa de los Territorios y Afectados por Represas Ríos Vivos Antioquia: Asociación de Víctimas y Afectados por Megaproyectos ASVAM Ituango, ASVAM El Aro Ituango, ASVAM Toledo, ASVAM Briceño, ASVAM Orejón, Chiri y Buenavista de Briceño, ASVAM San Andrés de Cuerquia, ASVAM Peque, Grupo de jóvenes defensores del agua de Ituango, ASOPESVAL Asociación de pescadores de Valdivia, Asociación de Pesqueros y Mineros de Puerto Valdivia AMPA, ASOPESCA Asociación de pescadores de Caucasia, ABC Asociación de Barequeros del Bajo Cauca, ASOMIAVAL Asociación de Mineros de Valdivia, ASOMINSAB Asociación de mineros de Sabanalarga, AMARU Asociación de Mujeres Defensoras del Agua y el International Accountability Project.








[2] Número 2 del Título I de la Política, sobre Propósitos de la Política


[3] Número 1 del Título III de la Política, sobre Funciones y Responsabilidades de la CII en la Evaluación y Supervisión Ambiental y Social.


[4] Número 2 del Título III de la Política, sobre Funciones y Responsabilidades de la CII en la Evaluación y Supervisión Ambiental y Social.




[7]Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 153 Período de sesiones, octubre 29 de 2014. Desplazamiento forzado y proyectos de desarrollo. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=j70U4_m9pb8 http://www.nasaacin.org/informativo-nasaacin/3-newsflash/7198-colombia-desplazamiento-forzado-y-proyectos-de-desarrollo


[8] En el blog “Debate HidroItuango” el Movimiento en Defensa de los Territorios y Afectados por Represas Ríos Vivos Antioquia, organizado en 15 asociaciones y grupos de pescadores, barequeros (mineros artesanales y ancestrales), cocineras, arrieros, agricultores, entre otros expresa mediante informes de violación de derechos humanos y comunicados públicos lo que están viviendo con la construcción de la hidroeléctrica. Disponible aquí: http://debatehidroituango.blogspot.com.co


[9] Número 7 del Título II de la Política, sobre Compromisos de la CII


[10] Número 7 (i) del Título II de la Política, sobre Compromisos de la CII


[11] Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Resolución 0155. 30 enero 2009. Por la cual se otorga una licencia ambiental para el proyecto central hidroeléctrica “Pescader-Ituango” y se toman otras determinaciones. Disponible en: http://hidroituango.com.co/images/hidroituango/Documentos/Resoluci%C3%B3n%200155%20de%202009%20Licencia%20Ambiental.pdf-


[12] Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Resolución 0155. 30 enero 2009. Por la cual se otorga una licencia ambiental para el proyecto central hidroeléctrica “Pescader-Ituango” y se toman otras determinaciones. Disponible en: http://hidroituango.com.co/images/hidroituango/Documentos/Resoluci%C3%B3n%200155%20de%202009%20Licencia%20Ambiental.pdf-


[13] Número 7 (vi) del Título II de la Política, sobre Compromisos de la CII


[14] Número 7 (viii) del Título II de la Política, sobre Compromisos de la CII


[15] Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Resolución 0155. 30 enero 2009. Por la cual se otorga una licencia ambiental para el proyecto central hidroeléctrica “Pescader-Ituango” y se toman otras determinaciones. Disponible en: http://hidroituango.com.co/images/hidroituango/Documentos/Resoluci%C3%B3n%200155%20de%202009%20Licencia%20Ambiental.pdf-


[16] Ver audiencias de la CIDH sobre derechos humanos, desarrollo e industria extractiva en Colombia. 31 de octubre de 2013: https://www.youtube.com/watch?v=jo866NReaoE; y sobre desplazamiento forzado y proyectos de desarrollo en Colombia. 27 de octubre de 2014: https://www.youtube.com/watch?v=j70U4_m9pb8



[18] Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Resolución 0155. 30 enero 2009. Por la cual se otorga una licencia ambiental para el proyecto central hidroeléctrica “Pescadero-Ituango” y se toman otras determinaciones. Disponible en: http://hidroituango.com.co/images/hidroituango/Documentos/Resoluci%C3%B3n%200155%20de%202009%20Licencia%20Ambiental.pdf-


[19] Número 5 del Título II de la Política, sobre Compromisos de la CII


[20] EPM. Proyecto Ituango. Peque, Sabemos que hay impactos y los manejamos responsablemente. Disponible en: http://www.epm.com.co/site/Nuestrosproyectos/ProyectoItuango/Hechosdeprogreso/Peque.aspx


[21] Bridget R. Deemer, et al. Greenhouse Gas Emissions from Reservoir Water Surfaces: A New Global Synthesis. P.1. 2016. BioScience: biw117v1-biw117. Disponible en: http://bioscience.oxfordjournals.org/content/early/2016/10/02/biosci.biw117.full.pdf+html
[22] Vea Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Desarrollo en http://www.un.org/documents/ga/res/41/a41r128.htm

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